“El Acoso Escolar un problema que afecta a muchos niños, adolecentes y adultos en México y que debe terminar, hacia una práctica real de respetó y aplicación universal de los Derechos Fundamentales”
Por José Manuel Cebreros Delgado*
Es importante decir que todo niño, adolecente o adulto que se encuentra estudiando tiene derecho a un ambiente escolar libre de acoso y violencia.
Señalando que “Bullying” es el término con el que se ha venido identificando todos aquellos actos de acoso escolar durante los últimos años este término procede del vocablo inglés “bully” que significa matón.
Definamos que el Acoso Escolar diciendo que este es el uso intenso o repetido por uno o más estudiantes de expresiones escritas, verbales o visuales, realizadas por cualquier medio, o un acto físico, gesto, o cualquier combinación de ellos, dirigidos en contra de otro estudiante, con el propósito de Causarle daño físico o emocional, o daños a su propiedad así Colocarlo en una situación de temor razonable de daños a su persona, dignidad o propiedad generando un ambiente hostil dentro de la escuela.
Por sus características, podemos señalar que existen distintos tipos de acoso escolar:
Físico: patadas, puñetazos, empujones, agresiones con objetos, etc…
Verbal: insultos continuados, motes menosprecio en público, resaltar algún defecto físico o mental.
Actualmente, es necesario resaltar el uso del teléfono móvil o el uso de internet para ejercer este tipo de actitudes.
Social: Actitudes con las que se pretende aislar a la víctima con respecto al grupo haciendo participar a otros individuos en la acción. Estos otros individuos se inhiben y dejan hacer.
Psicológico: Actitudes encaminadas a minar la autoestima de la víctima y aumentar su inseguridad y temor.
Es importante señalar que el componente psicológico se encuentra en mayor o menor medida en todas las formas de maltrato.
Considerando que hay que recalcar por su parte, a los maestros y funcionarios del sistema educativo, señalándoles que son una autoridad dentro de las instituciones educativas y como autoridad tienen responsabilidad cuando sucede un acto de acoso escolar y no toman cartas.
Concluimos señalando que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
En consecuencia, los directivos y autoridades deberán de prevenir, investigar, sancionar y reportar en su caso al estado los actos de acoso escolar que sufran los alumnos a su cargo.
*Maestro en Estudios Parlamentarios, Académico de la UAS,
Presidente de la ALDEUAS y Consejero de la CEDHS