DestacadosEstatal

Culiacán, metrópolis por vocación y propio derecho

Por domingo 22 de mayo de 2011 Sin Comentarios

Por Adrián García Cortés*

Nunca es tarde. Culiacán –su región– ha sido siempre una entidad de origen integrada para constituir, de suyo, una república de etnias, recursos naturales y culturas que por sí sola ha mantenido su unicidad territorial e histórica. En la ocupación primigenia y aborigen, sus desarrollos indígenas fueron distintos de los homólogos del norte y del sur. Entre los ríos Piaxtla y Mocorito, formó señoríos con desarrollos culturales de más rango que los vecinos, en cierta medida aglutinados por una lengua común, como fue la tahue.

De esta cultura tahue, los conquistadores o pobladores españoles hicieron descripciones y elogios, a veces desmedidos, de cuanto hallaron por estas tierras.

LA PROVINCIA DE CULIACÁN VÁLIDA POR MÉRITOS PROPIOS
De esta manera, en el devenir de los tiempos, durante el virreinato la región se convirtió en la Provincia de Culiacán, dependiente del reino de la Nueva Galicia –primero Compostela y después Guadalajara–, que fue lo único en Sinaloa que para su heredad peleó Nuño de Guzmán, porque el entorno de la Provincia se hizo depender del Reino de Nueva Vizcaya (hoy Durango).

El norte y el sur de la Provincia de Culiacán, se administraron bajo la tutela de Nueva Vizcaya. Fortuna o infortunio: el caso es que la Provincia de Culiacán permaneció durante la dominación española, totalmente aislada de su capital virreinal –la sierra Madre Occidental y el océano la separaban–, y ello configuró diríase una nación diferente. El norte, apenas a finales del siglo 16, empezó a cultivarse bajo las enseñanzas de la Compañía de Jesús, dependiendo religiosamente de la Nueva Vizcaya.

UNA METRÓPOLIS DEL CENTRO DEL ESTADO Y DEL NOROESTE
Pues bien, esa Provincia de Culiacán, que hoy corresponde a la porción central del estado de Sinaloa, es la que gracias a las recientes reformas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobadas el 26 de abril, ahora se puede convertir en la región metropolitana de mayor impacto en el noroeste del país. Dicho sea de paso, en el artículo 27 reformado se puede leer:

“En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la conservación, mejoramiento, consolidación y crecimiento de las regiones, zonas metropolitanas y centros de población, así como la fundación de estos últimos…”.

Esas medidas que preconiza el artículo, resumen estos objetivos:

Preservar y restaurar el equilibrio ecológico en el medio rural y urbano;

Disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades;

Fomentar la agricultura, la ganadería, la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural;

Y evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.

EL 115 CONSTITUCIONAL REFUERZA LOS MUNICIPIOS
Para tal ejercicio, el 115 dedicado al Municipio Libre, expresamente dice:
“En el caso de municipios cuyo territorio forme parte de una zona metropolitana, sus ayuntamientos en coordinación con las autoridades estatales y federales, en el ámbito de sus atribuciones, deberán crear de manera conjunta y coordinada organismos públicos cuyo objeto sea la planeación, financiamiento y ejecución, de planes, programas, funciones y servicios públicos para el ordenamiento territorial y el desarrollo sustentable en el espacio que comprenda dicha zona, en los temas y materias metropolitanas”.

Los municipios –lo dice expresamente la reforma–, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para:

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, en estricta congruencia con los planes estatales, regionales y metropolitanos.

b) Elaborar en coordinación con el Gobierno federal y el de las entidades federativas, en la formulación y aprobación de los planes regionales y metropolitanos, conforme a los cuales se dará la ordenación y regulación del desarrollo urbano y rural en sus jurisdicciones.

LAS CONURBACIONES, UN HECHO TANGIBLE EN LAS METRÓPOLIS
Y de manera más precisa, el artículo señala:
“En los términos de la ley general de la materia, los proyectos de desarrollo regional o metropolitano deberán asegurar la participación de los municipios y la sociedad, y deberán convenir con estos mecanismos permanentes para su gestión, operación y evaluación, como sería el caso de las conurbaciones”.

Con estos solos enunciados, la oportunidad de asimilar la región centro como zona metropolitana, es ahora. Las condiciones están dadas; baste únicamente con reunirlas, enumerarlas y convertirlas en proyectos de desarrollo, para que el marco constitucional se aplique y los recursos externos puedan fluir.

UNA PROSPECCIÓN VIABLE PARA CELEBRAR 480 AÑOS
Lo importante es que, si los sectores público y privado se suman a esa visión metropolitana, mucho habría que celebrar. Y oportunidad, también, de al menos mostrar un esbozo de nuestra futura metrópolis, lo sería la próxima conmemoración de los 480 años del nacimiento de esa Provincia que ahora nos impulsa a pensar en lo grande.

Por lo pronto, tratándose de una reforma constitucional, los textos relativos tendrán que ser sancionados por las legislaturas locales, y una vez logrado esto, el Congreso de la Unión deberá expedir las reformas necesarias a los ordenamientos jurídicos relacionados con estas materias a más tardar en un año a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

También apoyará a los estados y los municipios involucrados, para que realicen los estudios de delimitación de las zonas metropolitanas, así como para que, con arreglo a las leyes en la materia, expidan las declaratorias y demás mecanismos que permitan su adecuada planeación, gestión y administración.

*Cronista Secretario del Instituto La Crónica de Culiacán.

Artículos relacionados

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.