Al inicio del presente siglo, el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes en coordinación con los estados y municipios, crearon los consejos ciudadanos de cultura en cada uno de los ayuntamientos del país, con el propósito de coordinar y administrar los programas de desarrollo cultural municipal. Asimismo, fungir como la instancia de interlocución y gestión de los ciudadanos en general con otras entidades y organismos del ámbito cultural, a partir de un diagnóstico de las necesidades para el desarrollo cultural de las municipalidades, cuidando de que los proyectos atiendan las necesidades no sólo de las cabeceras municipales, sino de la mayoría de las comunidades que integran su territorio.
Los miembros ciudadanos del Consejo Ciudadano de Cultura pueden ser, por ejemplo: creadores o artistas del municipio, cronistas, historiadores locales, promotores culturales independientes de las distintas comunidades, representantes de organizaciones ciudadanas con fines culturales, profesores o directivos de instituciones educativas públicas o privadas, miembros de la iniciativa privada local, representantes de mayordomías, miembros organizadores de ferias o fiestas locales, personas de la sociedad civil con claros intereses de participación en actividades culturales. También debe haber representantes del municipio y del estado.
A casi diez años de su creación estas instancias locales de promoción cultural, han sido los medios para recoger y destinar los escasos recursos que en las municipalidades de México se destinan al desarrollo cultural, los cuales han adquirido mayor significación ahora que la cultura es un derecho de todos los mexicanos.
En Sinaloa hay un notable interés dentro de la comunidad cultural y ciudadanos en general, para que los nuevos gobiernos, estatal y municipales, asuman la cultura como una prioridad en la agenda pública, y que perciban a los consejos ciudadanos como los medios para hacer de este actividad un elemento indispensable para la generación de mejores condiciones de vida para los sinaloenses.